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Sin nombre, sin derechos: las barreras que impiden el registro de niñas y niños

Por: Sandra Espinosa Rizo, Ejecutiva de Asuntos Públicos de Early Institute
Publicación original de: El Heraldo de México

En este caso, el padre biológico no era el esposo legal de la madre al momento del nacimiento de la niña, por lo que, para que la niña pudiera ser registrada

El pasado abril de 2025, una jueza federal del estado de Morelos resolvió un asunto que es clave para la protección progresiva del derecho a la identidad de la niñez. El amparo 272/2025 resuelto por la Jueza Quinta de Distrito en el Estado de Morelos abordó el caso de una niña de cinco años a la que se le negó el registro de su nacimiento.

Esta negativa se basó en la aplicación de diversos artículos del Código Familiar y del Reglamento del Registro Civil, ambos del estado de Morelos, por los que se establece la presunción de que todo hijo nacido durante el matrimonio es hijo del esposo, y que solo podrá ser distinto, si el esposo desconoce la paternidad ante un juez.

En este caso, el padre biológico no era el esposo legal de la madre al momento del nacimiento de la niña, por lo que, para que la niña pudiera ser registrada, se les exigía primero que, el hombre que fue su esposo, iniciara un juicio de desconocimiento de paternidad, y con esa sentencia, tramitar una constancia de inexistencia de registro y luego así poder expedir un acta de nacimiento.

Obtener un acta de nacimiento es considerado un trámite sencillo; sin embargo, en casos como el que se expone, puede convertirse en toda una travesía legal que, como aquí, puede concluir en una vulneración directa al derecho a la identidad, pues mientras se resolvía esta disputa, ¿qué ocurría con la niña durante esos 5 años?

Una niña o niño sin acta de nacimiento no existe jurídicamente, la falta de este documento le cierra la puerta al ejercicio de otros derechos esenciales, como lo son el acceder a servicios de salud, a centros de cuidado y educación, o a programas sociales. Sin un acta de nacimiento, la niña o niño no tiene legalmente un nombre, una nacionalidad, una filiación reconocida, es decir, una identidad, lo que los coloca en una situación de gran vulnerabilidad.

De acuerdo con el artículo 4° de la Constitución, toda persona tiene derecho a una identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento; también el artículo 8.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, dice que los Estados deben respetar el derecho de la niñez a preservar su identidad. No obstante, de acuerdo con el último censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), mismo que se realizó en 2020, en México hay poco más de 451 mil personas sin un acta de nacimiento.

Las razones por las que una niña o niño no son registrados al nacer, son muchas, desde condiciones sociales como pobreza, falta de información, la ubicación geográfica de las oficinas del Registro Civil, nacimientos fuera del sistema de salud, maternidades vulnerables, infancias en movilidad humana, así como la existencia de obstáculos legales o burocráticos que impiden, complican o retrasan el registro.

Es así que, no es posible atribuir la falta de registro de nacimiento a una negligencia de los padres, cuando en realidad existen diversas barreras sociales, legales y económicas que muchas veces se combinan para obstaculizar el cumplimiento de este trámite. Más aún cuando el Estado tiene la obligación de garantizar que todas las niñas y niños cuenten con un acta de nacimiento, eliminando los obstáculos que vulneran su derecho a la identidad.

Si bien lo establecido por el Código Familiar y el Reglamento del Registro Civil del estado de Morelos, puede interpretarse como una medida orientada a la protección de las niñas, niños, así como de sus vínculos familiares, casos como este evidencian una problemática relevante, y es que la aplicación estricta de una ley, en ciertos contextos, las coloca por encima del bienestar y el interés superior de la niñez.

La sentencia de la jueza Martha Eugenia Magaña es un paso en la dirección correcta, pues establece una obligación para las y los legisladores, así como para todas las personas que aplican las leyes (como son el personal del Registro Civil), a revisar de manera critica el marco normativo, para evitar que las leyes desconozcan realidad, y como consecuencia, vulneren derechos esenciales e inherentes a la dignidad humana de niñas y niños, quienes por su edad son los más vulnerables.

Es urgente revisar y analizar las normas para armonizarlas con los derechos de la niñez, eliminando barreras legales y prácticas burocráticas que impiden que niñas y niños tengan acceso de manera inmediata a un acta de nacimiento que les permita ejercer plenamente todos sus derechos.

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Hacia una política mexicana integral en medios digitales
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Publicación original de El Financiero Es verdad que hay cada vez más evidencia de que un uso inadecuado de la tecnología afecta negativamente a la población más joven, pero también es verdad que limitarse a su prohibición habla de una medida incompleta.

En las últimas semanas, el tema del uso de los dispositivos digitales entre niñas, niños y adolescentes ha sido abordado en distintos espacios públicos. Este continuo discurso sobre los riesgos y las amenazas que enfrenta ese sector frente a las pantallas ha impulsado distintas iniciativas no sólo en México sino en el mundo.

Es verdad que hay cada vez más evidencia de que un uso inadecuado de este tipo de tecnología afecta negativamente a la población más joven, pero también es verdad que limitarse a su prohibición habla de una medida incompleta.

En 2025, Brasil aprobó el “Estatuto Digital del Niño y del Adolescente”, que entró a vigor en marzo de 2026 para establecer la Política Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes en el Entorno Digital. Esta política no parte de la prohibición, sino de crear todo un ecosistema regulatorio integral de protección hacia niñas, niños y adolescentes en dichos entornos.

Esta normativa se basa en ejes que incluyen seguridad integral; privacidad y protección de datos personales; supervisión parental; detección de casos, denuncias y respuesta ante violencia; y transparencia, rendición de cuentas, fiscalización y sanciones.

En ese sentido se privilegia la educación digital donde niñas, niños, adolescentes, familias y autoridades políticas, educativas y sociales se articulan para lograr un bien común: el uso responsable de los medios digitales.

Ahora, ¿qué pasa en México? En nuestro país en noviembre de 2026 entrará en vigor un Acuerdo para garantizar los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la interacción, uso responsable y seguro de los dispositivos digitales personales, así como de tecnologías de aprendizaje en las escuelas públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional. Esto significa que las medidas se acotan a los centros escolares de todos los niveles y van desde la restricción de los dispositivos hasta el fomento de su uso responsable.

Si bien están involucradas las áreas educativas todavía hay ámbitos en los que no se da esta corresponsabilidad, por lo que hay recomendaciones que desde Early Institute pensamos que deben ser atendidas para completar un marco de protección integral. Entre ellas proponemos que se evite un modelo estrictamente prohibicionista y dar prioridad a una estrategia integral de acompañamiento y supervisión; promover entornos digitales seguros y adecuados para niñas, niños y adolescentes, independientemente del tiempo que dediquen al uso de dispositivos; crear organismos especializados en regulación, supervisión y evaluación de plataformas digitales; diseñar toda propuesta con perspectiva de niñez, ya que niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos y no únicamente usuarios que requieren protección. También deben atenderse los estándares y las recomendaciones internacionales, en tanto pueden colaborar en construir políticas coherentes con las obligaciones de derechos humanos y con los principales riesgos identificados a nivel global.

Es importante también adoptar un modelo de corresponsabilidad como eje de la política pública porque la protección de la niñez en el entorno digital requiere una responsabilidad compartida entre Estado, plataformas, escuelas, familias y niñas, niños y adolescentes.

En Early Institute confirmamos nuestro compromiso con el cuidado de la niñez y adolescencia mexicanas y siendo el mundo digital uno de los ámbitos en los que la sociedad está inmersa, es importante reforzar las medidas de seguridad para evitar posibles afectaciones derivadas de estos escenarios.

Sabemos que la tecnología empleada de manera óptima es una herramienta muy eficaz, pero cuando es una amenaza a los más vulnerables es fundamental revisar, proponer y actuar.

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El suicidio en adolescentes crece en México
Por Annayancy Varas, directora de Early Institute
Publicación original de El Sol de México

De los temas que se abordan en torno a la infancia y adolescencia, el del suicidio es uno de los más difíciles de entender, pues se evidencian fallas de toda índole en la protección de niñas, niños y adolescentes.

En el reciente Día Mundial para la Prevención del Suicidio, conmemorado cada 10 de septiembre, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) dio cifras sobre las defunciones registradas en México por esta causa durante 2025.

Lamentablemente ocurrieron 8,709 defunciones por suicidio en México, lo que representa una tasa nacional de 6.7 por cada 100 mil habitantes. Del total de casos, 79.9% correspondió a hombres y 20.1% a mujeres. El organismo detalló que la población de 15 a 29 años presentó la tasa más alta de todos los grupos de edad, con 10.2 suicidios por cada 100 mil personas, y que el suicidio es ya la tercera causa de muerte entre los jóvenes de ese rango de edad en el país.

Por si fuera poco, al comparar la última década, el Inegi documentó un incremento sostenido, ya que la tasa nacional pasó de 5.1 por cada 100 mil habitantes en 2015 a 6.7 en 2025. Esto es un fenómeno que debe atenderse y no pretender que se solucionará por sí solo.

De hecho, los especialistas coinciden en que no existe un factor único que explique la problemática, sino que hay una combinación de condiciones familiares, sociales, económicas, laborales y emocionales. Esto hace más difícil su abordaje, pero no imposible.

Una de las regiones con esta triste situación es Hidalgo, cuya secretaria de Salud estatal, Vanesa Escalante Arroyo, dijo que la entidad acumula más de 40 muertes por suicidio en lo que va de 2026. Si bien se trata de una cifra que, según las propias autoridades, representa una disminución frente a los registros de años anteriores, sigue siendo un foco rojo. Tan sólo en 2025, los servicios de salud de Hidalgo atendieron 1,020 intentos de suicidio, de los cuales 340 correspondieron a adolescentes entre 15 y 19 años.

Al respecto, las autoridades señalaron que más de la mitad de las personas atendidas presenta algún diagnóstico o problemática asociada, como ansiedad, depresión, separaciones, duelos, rechazo, violencia, bullying, problemas económicos o laborales, enfermedades, discapacidades y dolor crónico.

En cuanto a la atención brindada para prevenir este tipo de acciones, en Hidalgo se reconoce la respuesta institucional, pero es todavía insuficiente. Por ejemplo, el estado cuenta con servicios gratuitos de atención a la salud mental, a través de seis Centros Comunitarios de Salud Mental y Adicciones (Cecosama), y programas como “ABC de las emociones”, dirigido a adolescentes, para detectar señales de riesgo; sin embargo, por las características geográficas de la entidad se deja de cubrir amplias zonas, lo que representa un reto para acercar la atención a quienes más la necesitan.

En Early Institute sabemos que la prevención es una de las mejores formas para disminuir problemáticas tan lacerantes como ésta. En particular, creemos que la salud mental debe ser un aspecto de la vida humana sumamente cuidado para procurar que niñas, niños y adolescentes no recurran a métodos que pongan en riesgo sus vidas.

Las cifras que arroja el Inegi dan cuenta de un panorama en el que se ha descuidado la protección de los más vulnerables y es fundamental estar atentos a las mínimas señales que pudieran reflejar un estado desesperanzador o desesperado. Esto es esencial para acompañar y ofrecer intervenciones oportunas que den alternativas a quienes piensan —a su corta edad— que el suicidio es lo más conveniente.

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Restricción de uso de dispositivos móviles en escuelas: el primer paso
Por Rafael Vincent Morfín Calvo, abogado de Asuntos Públicos de Early Institute
Publicación original de El Heraldo de México El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención

Al día de la redacción de la presente columna, martes 22 de septiembre del 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) con el que se establece la restricción del uso de dispositivos móviles en escuelas por parte de niñas, niños y adolescentes.

Tal y como fue anunciado por la Presidenta Claudia Sheinbaum durante diversas conferencias “mañaneras” en los meses de julio y agosto, oficialmente se ha dado inicio a la etapa de evaluación de uso de dispositivos móviles por parte de la niñez y la adolescencia desde diversas materias, siendo la acción más reciente, la concerniente al ámbito educativo.

El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención de cara a la potencial definición de nuevas reglas para su uso y/o restricción.

En un primer momento se celebró la fase intensiva del Consejo Técnico Escolar, en la que se contó con la participación de aproximadamente 1.2 millones de docentes; durante dichas jornadas, uno de los temas nodales se centró en la consulta realizada para recabar la opinión del personal educativo respecto de las necesidades específicas de protección de niñas, niños y adolescentes en los entornos digitales.

Los resultados de dicho ejercicio se darán a conocer el 25 de septiembre y se espera que estos consideren directrices adicionales de pronta implementación para la regulación de uso de dispositivos móviles por parte los educandos.

En tanto, el Secretario de Educación Pública en México, Mario Delgado, informó que durante una reunión el pasado viernes 18 de septiembre, el Consejo Nacional de Autoridades Educativas aprobó por unanimidad la implementación de una estrategia nacional para restringir el uso de teléfonos celulares y tabletas en las aulas de todo el país, particularmente en los niveles de primaria y secundaria.

En ese sentido, el acuerdo publicado en el DOF oficializa la restricción de uso de dispositivos móviles para los niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, al tiempo que sugiere el fomento de uso responsable para los niveles de educación medio superior y superior, limitando su uso no pedagógico durante la jornada escolar. En ambos casos, se consideran excepciones por situaciones de emergencias personales, motivos de discapacidad, accesibilidad, inclusión, necesidades de salud o uso para fines educativos previamente programados.

En tanto, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, el Senador Higinio Martínez, emitió en días recientes una excitativa a las comisiones de Educación y de Estudios Legislativos, para que presenten el dictamen de la iniciativa que plantea prohibir el uso de dispositivos móviles en escuelas de educación básica. Con esta acción, el Legislativo federal se suma al debate nacional para la definición de reglas sobre la materia en comento.

Lo anterior vislumbra de manera clara que la primera fase de la política pública en materia de regulación de entornos digitales y de su acceso por parte de niñas, niños y adolescentes, se centrará en la restricción de uso de dispositivos móviles durante la jornada escolar, salvo en los casos de necesidades específicas planteados en el acuerdo de la SEP.

Desde Early Institute hacemos un llamado a que las directrices en proceso de implementación únicamente marquen un primer paso en el camino de una regulación integral del entorno digital, es decir, que las disposiciones no se limiten únicamente a restringir el uso de dispositivos móviles por parte del alumnado, sino que centremos los esfuerzos en crear un ecosistema integral de acceso moderado, responsable y seguro.

Recordamos que existen múltiples áreas de intervención prioritaria adicionales que sugerimos sean tomadas en consideración para alcanzar los objetivos de una política pública moderna, vanguardista y proteccionista hacia la niñez y la adolescencia mexicana: 1) Moderación de contenidos, algoritmos y diseño estructural de plataformas; 2) Alfabetización digital desde edades tempranas; 3) Acompañamiento, controles parentales y alfabetización a padres, madres y cuidadores; 4) Uso de la Inteligencia artificial; 5) Tipificación unificada de ciberdelitos; y 6) Fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de denuncia y regulación de plataformas tecnológicas.

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