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Sin nombre, sin derechos: las barreras que impiden el registro de niñas y niños

Por: Sandra Espinosa Rizo, Ejecutiva de Asuntos Públicos de Early Institute
Publicación original de: El Heraldo de México

En este caso, el padre biológico no era el esposo legal de la madre al momento del nacimiento de la niña, por lo que, para que la niña pudiera ser registrada

El pasado abril de 2025, una jueza federal del estado de Morelos resolvió un asunto que es clave para la protección progresiva del derecho a la identidad de la niñez. El amparo 272/2025 resuelto por la Jueza Quinta de Distrito en el Estado de Morelos abordó el caso de una niña de cinco años a la que se le negó el registro de su nacimiento.

Esta negativa se basó en la aplicación de diversos artículos del Código Familiar y del Reglamento del Registro Civil, ambos del estado de Morelos, por los que se establece la presunción de que todo hijo nacido durante el matrimonio es hijo del esposo, y que solo podrá ser distinto, si el esposo desconoce la paternidad ante un juez.

En este caso, el padre biológico no era el esposo legal de la madre al momento del nacimiento de la niña, por lo que, para que la niña pudiera ser registrada, se les exigía primero que, el hombre que fue su esposo, iniciara un juicio de desconocimiento de paternidad, y con esa sentencia, tramitar una constancia de inexistencia de registro y luego así poder expedir un acta de nacimiento.

Obtener un acta de nacimiento es considerado un trámite sencillo; sin embargo, en casos como el que se expone, puede convertirse en toda una travesía legal que, como aquí, puede concluir en una vulneración directa al derecho a la identidad, pues mientras se resolvía esta disputa, ¿qué ocurría con la niña durante esos 5 años?

Una niña o niño sin acta de nacimiento no existe jurídicamente, la falta de este documento le cierra la puerta al ejercicio de otros derechos esenciales, como lo son el acceder a servicios de salud, a centros de cuidado y educación, o a programas sociales. Sin un acta de nacimiento, la niña o niño no tiene legalmente un nombre, una nacionalidad, una filiación reconocida, es decir, una identidad, lo que los coloca en una situación de gran vulnerabilidad.

De acuerdo con el artículo 4° de la Constitución, toda persona tiene derecho a una identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento; también el artículo 8.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, dice que los Estados deben respetar el derecho de la niñez a preservar su identidad. No obstante, de acuerdo con el último censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), mismo que se realizó en 2020, en México hay poco más de 451 mil personas sin un acta de nacimiento.

Las razones por las que una niña o niño no son registrados al nacer, son muchas, desde condiciones sociales como pobreza, falta de información, la ubicación geográfica de las oficinas del Registro Civil, nacimientos fuera del sistema de salud, maternidades vulnerables, infancias en movilidad humana, así como la existencia de obstáculos legales o burocráticos que impiden, complican o retrasan el registro.

Es así que, no es posible atribuir la falta de registro de nacimiento a una negligencia de los padres, cuando en realidad existen diversas barreras sociales, legales y económicas que muchas veces se combinan para obstaculizar el cumplimiento de este trámite. Más aún cuando el Estado tiene la obligación de garantizar que todas las niñas y niños cuenten con un acta de nacimiento, eliminando los obstáculos que vulneran su derecho a la identidad.

Si bien lo establecido por el Código Familiar y el Reglamento del Registro Civil del estado de Morelos, puede interpretarse como una medida orientada a la protección de las niñas, niños, así como de sus vínculos familiares, casos como este evidencian una problemática relevante, y es que la aplicación estricta de una ley, en ciertos contextos, las coloca por encima del bienestar y el interés superior de la niñez.

La sentencia de la jueza Martha Eugenia Magaña es un paso en la dirección correcta, pues establece una obligación para las y los legisladores, así como para todas las personas que aplican las leyes (como son el personal del Registro Civil), a revisar de manera critica el marco normativo, para evitar que las leyes desconozcan realidad, y como consecuencia, vulneren derechos esenciales e inherentes a la dignidad humana de niñas y niños, quienes por su edad son los más vulnerables.

Es urgente revisar y analizar las normas para armonizarlas con los derechos de la niñez, eliminando barreras legales y prácticas burocráticas que impiden que niñas y niños tengan acceso de manera inmediata a un acta de nacimiento que les permita ejercer plenamente todos sus derechos.

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Más notas

Restricción de uso de dispositivos móviles en escuelas: el primer paso
Por Rafael Vincent Morfín Calvo, abogado de Asuntos Públicos de Early Institute
Publicación original de El Heraldo de México El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención

Al día de la redacción de la presente columna, martes 22 de septiembre del 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) con el que se establece la restricción del uso de dispositivos móviles en escuelas por parte de niñas, niños y adolescentes.

Tal y como fue anunciado por la Presidenta Claudia Sheinbaum durante diversas conferencias “mañaneras” en los meses de julio y agosto, oficialmente se ha dado inicio a la etapa de evaluación de uso de dispositivos móviles por parte de la niñez y la adolescencia desde diversas materias, siendo la acción más reciente, la concerniente al ámbito educativo.

El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención de cara a la potencial definición de nuevas reglas para su uso y/o restricción.

En un primer momento se celebró la fase intensiva del Consejo Técnico Escolar, en la que se contó con la participación de aproximadamente 1.2 millones de docentes; durante dichas jornadas, uno de los temas nodales se centró en la consulta realizada para recabar la opinión del personal educativo respecto de las necesidades específicas de protección de niñas, niños y adolescentes en los entornos digitales.

Los resultados de dicho ejercicio se darán a conocer el 25 de septiembre y se espera que estos consideren directrices adicionales de pronta implementación para la regulación de uso de dispositivos móviles por parte los educandos.

En tanto, el Secretario de Educación Pública en México, Mario Delgado, informó que durante una reunión el pasado viernes 18 de septiembre, el Consejo Nacional de Autoridades Educativas aprobó por unanimidad la implementación de una estrategia nacional para restringir el uso de teléfonos celulares y tabletas en las aulas de todo el país, particularmente en los niveles de primaria y secundaria.

En ese sentido, el acuerdo publicado en el DOF oficializa la restricción de uso de dispositivos móviles para los niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, al tiempo que sugiere el fomento de uso responsable para los niveles de educación medio superior y superior, limitando su uso no pedagógico durante la jornada escolar. En ambos casos, se consideran excepciones por situaciones de emergencias personales, motivos de discapacidad, accesibilidad, inclusión, necesidades de salud o uso para fines educativos previamente programados.

En tanto, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, el Senador Higinio Martínez, emitió en días recientes una excitativa a las comisiones de Educación y de Estudios Legislativos, para que presenten el dictamen de la iniciativa que plantea prohibir el uso de dispositivos móviles en escuelas de educación básica. Con esta acción, el Legislativo federal se suma al debate nacional para la definición de reglas sobre la materia en comento.

Lo anterior vislumbra de manera clara que la primera fase de la política pública en materia de regulación de entornos digitales y de su acceso por parte de niñas, niños y adolescentes, se centrará en la restricción de uso de dispositivos móviles durante la jornada escolar, salvo en los casos de necesidades específicas planteados en el acuerdo de la SEP.

Desde Early Institute hacemos un llamado a que las directrices en proceso de implementación únicamente marquen un primer paso en el camino de una regulación integral del entorno digital, es decir, que las disposiciones no se limiten únicamente a restringir el uso de dispositivos móviles por parte del alumnado, sino que centremos los esfuerzos en crear un ecosistema integral de acceso moderado, responsable y seguro.

Recordamos que existen múltiples áreas de intervención prioritaria adicionales que sugerimos sean tomadas en consideración para alcanzar los objetivos de una política pública moderna, vanguardista y proteccionista hacia la niñez y la adolescencia mexicana: 1) Moderación de contenidos, algoritmos y diseño estructural de plataformas; 2) Alfabetización digital desde edades tempranas; 3) Acompañamiento, controles parentales y alfabetización a padres, madres y cuidadores; 4) Uso de la Inteligencia artificial; 5) Tipificación unificada de ciberdelitos; y 6) Fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de denuncia y regulación de plataformas tecnológicas.

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Abolir la explotación reproductiva
Por Abraham Madero, director ejecutivo Early Institute
Publicación original de Proceso La gestación subrogada devela dos realidades sustentadas en evidencia: representa una manera de explotación y cosificación de mujeres con fines reproductivos y, al mismo tiempo, un mecanismo para la gestación de bebés como si se tratasen de un producto comercializable y fabricable.

Desde hace más de tres décadas, la llamada “gestación subrogada” o “vientres de alquiler” se convirtió en una opción cada vez más recurrente a nivel mundial para parejas o personas que no pueden lograr un embarazo y desean tener una hija o hijo, pues en apariencia representa la única vía biológica disponible en contraste con figuras como la adopción o los tratamientos de fertilidad tradicionales.

No obstante, la evidencia acumulada a lo largo de los últimos años respecto al comportamiento de la industria de los vientres de alquiler, intersecta dilemas filosóficos, bioéticos y legales en el ámbito específico de los derechos humanos de las mujeres que intervienen en esta práctica, así como de las niñas y niños que nacen a través de esta vía.

A pesar de la convergencia de todas estas nociones que parecieran sugerir un asunto de enorme complejidad y abierto al debate, la realidad acorde a los datos disponibles es que no debería ser un tema como tal “polémico” si se apela al más elemental sentido común de la perspectiva de los derechos humanos.

Hoy es bien sabido que la práctica de la gestación subrogada devela dos realidades sustentadas en evidencia: representa una forma de explotación y cosificación de mujeres con fines reproductivos y al mismo tiempo un mecanismo para la gestación de bebés como si se tratasen de un producto comercializable y fabricable, a pesar de las prohibiciones expresas establecidas por el Derecho Internacional, concretamente en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños con fines de explotación.

Precisamente, doce años atrás Early Institute publicó el primer reporte en su tipo para documentar la presencia de esta industria en México y generar recomendaciones de incidencia a nivel nacional para evitar abusos de las mujeres quienes por necesidad se ven orilladas a rentar sus vientres, especialmente a raíz de que el estado de Tabasco se convirtió en un paraíso prolijo para este negocio al ser la primera región de América Latina en legalizar la práctica en el año de 1997.

En aquel entonces, el instituto documentó como la industria de la subrogación habilitó principalmente en el sur y centro del país un mercado de clínicas dedicadas profesionalmente a la búsqueda de mujeres en situación de vulnerabilidad para su renta y a generar servicios a la carta de niñas y niños para su comercialización, incluso ofreciendo características fenotípicas específicas a las personas solicitantes, en su mayoría personas extranjeras de países en donde – paradójicamente – esta práctica se encuentra expresamente prohibida por las razones anteriormente expuestas.

Dicho primer informe nos llevó a la necesidad de diseñar e impulsar ante el Congreso la Unión una seria de propuestas legislativas encaminadas a prohibir sin titubeos ni eufemismos, de manera expresa con el lenguaje que merece el término de explotación reproductiva -  tal y como lo han hecho países desarrollados como Alemania, Francia, España -  en diversas ordenamientos como la ley de trata, ley de salud, el código penal federal, código civil y la legislación relativa a prevenir y atender la violencia contra las mujeres.

Desde entonces Early Institute no ha dejado de denunciar la explotación reproductiva a través de campañas de comunicación estratégicas; iniciativas locales con grupos de mujeres; foros y parlamentos abiertos; audiencias con ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, todo ello para visibilizar los abusos que han padecido cientos de mujeres sometidas a esta práctica así como las violaciones a las que se enfrentan miles de niñas y niños cuyos derechos a la salud, identidad y no discriminación son sistemáticamente vulnerados.

El pasado 3 y 4 de septiembre, Early Institute y la Universidad Panamericana fuimos sede de la IV Conferencia de la Declaración de Casa Blanca; esta decisión no fue accidental ni producto de la coyuntura. Se trató de un llamado urgente por abolir de manera absoluta la explotación reproductiva en nuestro país, al representar uno de los escenarios más estratégicos y representativos sobre el debate global de la maternidad subrogada y sus riesgos.

Mas allá del foro académico, la iniciativa convocó a 34 especialistas de 9 países: México, España, Chile, Argentina, Uruguay, Colombia, Perú, Francia y Suiza, integrados por relatores y ex integrantes de órganos de tratados de Naciones Unidas, magistrados, juristas, académicos, médicos, bioeticistas y activistas. El objetivo común de este grupo fue claro y no admite diatribas: la explotación reproductiva debe abolirse de manera universal e inmediata, pues las mujeres no se rentan y los niños no se venden. Jamás esta práctica podrá considerarse una forma de progreso humano, mucho menos de falsas libertades y autonomías.

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Más allá de los resultados de PISA 2025
Por Annayancy Varas, directora de Early Institute
Publicación original de El Financiero En los resultados, nuestro país ocupó lugares muy desfavorables en Matemáticas y Comprensión lectora, calificados incluso como los “peores en 20 años”.

En México, no es desconocido el rezago educativo que tiene el país desde hace mucho tiempo. El panorama se constata con lo que últimamente publicó la prueba PISA 2025, convocada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). En los resultados, nuestro país ocupó lugares muy desfavorables en Matemáticas y Comprensión lectora, calificados incluso como los “peores en 20 años”.

Esta lamentable situación dio origen a varias discusiones a través de foros y mesas de análisis como el organizado por el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias para el Desarrollo de la Educación (Centro INIDE) de la Universidad Iberoamericana, en la Ciudad de México.

Bajo el título “Repensar la educación tras la prueba PISA: brechas, tecnología y políticas para el aprendizaje”, especialistas de dicho Centro dialogaron en torno a la lectura que debe hacerse sobre PISA 2025 más allá de lo superficial que es un visible deterioro educativo evidenciado por bajas calificaciones.

Si bien, ese propio dato es un foco rojo, Jimena Hernández Fernández, docente investigadora del Centro INIDE, sostiene que el verdadero centro del problema no es únicamente el desempeño académico sino la manera en que la desigualdad social —económica, cultural y de acceso tecnológico— determina de manera sistemática quién aprende, cuánto aprende y en qué condiciones lo hace.

Es decir, lo que expresan los bajos resultados son realidad un reflejo de las desigualdades estructurales del país y que condicionan el aprendizaje. Por ejemplo, entre el 25% del alumnado con mayor ventaja socioeconómica y el 25% en mayor desventaja existe una diferencia de 68 puntos —una brecha equivalente a entre tres y cuatro ciclos escolares completos—, y esta distancia se ha mantenido estable entre 2015 y 2025.

Esto significa que el origen socioeconómico sigue siendo un factor clave en las oportunidades de aprendizaje, y ello implica reducir las desigualdades para siquiera poder pensar en mejorar el nivel educativo. Así mismo, en el foro se habló de la necesidad de crear una política pública basada en evidencia pues ninguna de las estrategias o reformas diseñadas en sexenios anteriores ha logrado reducir el peso de la desigualdad social.

Un elemento que también fue abordado fue el de la formación docente y que requiere la suficiente inversión para capacitar a quienes están frente a las aulas. Desafortunadamente en el gobierno pasado y en este se ha visto una disminución en los recursos, según Marisol Silva, integrante del Centro INIDE.

En sí, se propone tomar los resultados de PISA 2025 como un termómetro de lo que está ocurriendo en México, atender los desafíos que se están evidenciado y no quedarnos en el tema de las bajas calificaciones.

En Early Institute privilegiamos la evidencia como elemento clave para la construcción de políticas públicas que mejoren la calidad de vida de niñas, niños y adolescentes y sabemos que este tipo de herramientas de medición deben ser analizadas con enfoques más amplios de los que se suelen considerar. Coincidimos en que las desigualdades sociales afectan el desarrollo humano y el reto está en generar condiciones que faciliten el aprendizaje desde una base equitativa y con absoluto respeto a los derechos, como lo es el de la educación.

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