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Objeción de conciencia; una materia a considerar en México

Por: R. Vincent Morfín Calvo, Ejecutivo de Asuntos Públicas de Early Institute
Publicación original de: El Heraldo de México

Invitamos a que se escuchen todas las voces involucradas en la materia para emitir una legislación vanguardista que proteja de manera integral los derechos de toda la ciudadanía.

La objeción de conciencia es una figura jurídica que otorga a una persona la facultad de desobedecer una ley o un mandato de autoridad cuando éste viola sus creencias o convicciones; es una protección de los derechos más íntimos del individuo frente al poder del Estado.

También es un mecanismo que permite salvaguardar los derechos de las minorías ante las decisiones de la mayoría que, en ocasiones, pudieran entrar en conflicto con su cosmovisión y con sus libertades esenciales que forman parte de la esfera más personal del ser humano, como lo son, sus convicciones morales o éticas.

En ese sentido, en el año 2018, el Congreso de la Unión aprobó una reforma a la Ley General de Salud para adicionar un artículo 10 Bis y establecer así un parámetro regulatorio inicial de la objeción de conciencia en este ámbito; dicha reforma aludía que la objeción de conciencia podía ser invocada para excusarse de participar en la prestación de servicios que establece dicha Ley; lo anterior, con la excepción de casos en que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica; la desobediencia a esta norma generaría consecuencias de responsabilidad profesional y su ejercicio no debía derivar en ningún tipo de discriminación laboral.

No obstante, en septiembre del año 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 54/2018 mediante la cual se declaró la invalidez de la citada reforma por considerar que esta disposición no establecía los lineamientos y límites necesarios para que la objeción de conciencia pueda ser ejercida sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en especial, el derecho a la salud.

A raíz de la decisión de la Suprema Corte, se han presentado diversas iniciativas que buscan establecer nuevos parámetros para regular la objeción de conciencia. La más reciente, es un proyecto de reforma aprobado por la Cámara de Diputados y turnado al Senado de la República, mediante la cual se buscan establecer nuevos parámetros regulatorios en materia de objeción de conciencia, mismos que armonizan con las determinaciones de la Suprema Corte.

Dicho lo anterior, una premisa de gran preocupación para el sector médico y de enfermería es que la regulación que se discute el día de hoy en el Congreso de la Unión busca inhibir la objeción de conciencia para que ésta no pueda ser invocada en situaciones específicas, por ejemplo, para la comisión de abortos.

Los países que cuentan con las legislaciones más avanzadas en materia de objeción de conciencia, como Estados Unidos y Alemania, han creado sistemas legales integrales que permiten a todos sus ciudadanos, bajo determinados supuestos bien detallados, abstenerse de cumplir alguna obligación legal en temas relacionados con la salud, educación, derechos cívicos, entre otros.

Sin embargo, debe decirse que en estos países no queda duda de que la obligación de garantizar y financiar los costos del derecho a la objeción de conciencia corre a cargo del Estado y de sus instituciones públicas, quienes deben asegurar los presupuestos o condiciones necesarias para garantizar a los ciudadanos “objetores” dicho derecho.

En Early Institute, nos pronunciamos a favor de impulsar un marco legal adecuado para reconocer y ampliar el derecho a la objeción de conciencia de todos los mexicanos, como una de las prerrogativas esenciales que derivan de la libertad de conciencia y religión garantizadas ampliamente los sistemas internacionales en materia de derechos humanos, así como el artículo 24 de nuestra Constitución. Invitamos a que se escuchen todas las voces involucradas en la materia para emitir una legislación vanguardista que proteja de manera integral los derechos de toda la ciudadanía.

 

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Más notas

Hacia una política mexicana integral en medios digitales
Por Annayancy Varas, directora de Early Institute
Publicación original de El Financiero Es verdad que hay cada vez más evidencia de que un uso inadecuado de la tecnología afecta negativamente a la población más joven, pero también es verdad que limitarse a su prohibición habla de una medida incompleta.

En las últimas semanas, el tema del uso de los dispositivos digitales entre niñas, niños y adolescentes ha sido abordado en distintos espacios públicos. Este continuo discurso sobre los riesgos y las amenazas que enfrenta ese sector frente a las pantallas ha impulsado distintas iniciativas no sólo en México sino en el mundo.

Es verdad que hay cada vez más evidencia de que un uso inadecuado de este tipo de tecnología afecta negativamente a la población más joven, pero también es verdad que limitarse a su prohibición habla de una medida incompleta.

En 2025, Brasil aprobó el “Estatuto Digital del Niño y del Adolescente”, que entró a vigor en marzo de 2026 para establecer la Política Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes en el Entorno Digital. Esta política no parte de la prohibición, sino de crear todo un ecosistema regulatorio integral de protección hacia niñas, niños y adolescentes en dichos entornos.

Esta normativa se basa en ejes que incluyen seguridad integral; privacidad y protección de datos personales; supervisión parental; detección de casos, denuncias y respuesta ante violencia; y transparencia, rendición de cuentas, fiscalización y sanciones.

En ese sentido se privilegia la educación digital donde niñas, niños, adolescentes, familias y autoridades políticas, educativas y sociales se articulan para lograr un bien común: el uso responsable de los medios digitales.

Ahora, ¿qué pasa en México? En nuestro país en noviembre de 2026 entrará en vigor un Acuerdo para garantizar los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la interacción, uso responsable y seguro de los dispositivos digitales personales, así como de tecnologías de aprendizaje en las escuelas públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional. Esto significa que las medidas se acotan a los centros escolares de todos los niveles y van desde la restricción de los dispositivos hasta el fomento de su uso responsable.

Si bien están involucradas las áreas educativas todavía hay ámbitos en los que no se da esta corresponsabilidad, por lo que hay recomendaciones que desde Early Institute pensamos que deben ser atendidas para completar un marco de protección integral. Entre ellas proponemos que se evite un modelo estrictamente prohibicionista y dar prioridad a una estrategia integral de acompañamiento y supervisión; promover entornos digitales seguros y adecuados para niñas, niños y adolescentes, independientemente del tiempo que dediquen al uso de dispositivos; crear organismos especializados en regulación, supervisión y evaluación de plataformas digitales; diseñar toda propuesta con perspectiva de niñez, ya que niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos y no únicamente usuarios que requieren protección. También deben atenderse los estándares y las recomendaciones internacionales, en tanto pueden colaborar en construir políticas coherentes con las obligaciones de derechos humanos y con los principales riesgos identificados a nivel global.

Es importante también adoptar un modelo de corresponsabilidad como eje de la política pública porque la protección de la niñez en el entorno digital requiere una responsabilidad compartida entre Estado, plataformas, escuelas, familias y niñas, niños y adolescentes.

En Early Institute confirmamos nuestro compromiso con el cuidado de la niñez y adolescencia mexicanas y siendo el mundo digital uno de los ámbitos en los que la sociedad está inmersa, es importante reforzar las medidas de seguridad para evitar posibles afectaciones derivadas de estos escenarios.

Sabemos que la tecnología empleada de manera óptima es una herramienta muy eficaz, pero cuando es una amenaza a los más vulnerables es fundamental revisar, proponer y actuar.

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El suicidio en adolescentes crece en México
Por Annayancy Varas, directora de Early Institute
Publicación original de El Sol de México

De los temas que se abordan en torno a la infancia y adolescencia, el del suicidio es uno de los más difíciles de entender, pues se evidencian fallas de toda índole en la protección de niñas, niños y adolescentes.

En el reciente Día Mundial para la Prevención del Suicidio, conmemorado cada 10 de septiembre, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) dio cifras sobre las defunciones registradas en México por esta causa durante 2025.

Lamentablemente ocurrieron 8,709 defunciones por suicidio en México, lo que representa una tasa nacional de 6.7 por cada 100 mil habitantes. Del total de casos, 79.9% correspondió a hombres y 20.1% a mujeres. El organismo detalló que la población de 15 a 29 años presentó la tasa más alta de todos los grupos de edad, con 10.2 suicidios por cada 100 mil personas, y que el suicidio es ya la tercera causa de muerte entre los jóvenes de ese rango de edad en el país.

Por si fuera poco, al comparar la última década, el Inegi documentó un incremento sostenido, ya que la tasa nacional pasó de 5.1 por cada 100 mil habitantes en 2015 a 6.7 en 2025. Esto es un fenómeno que debe atenderse y no pretender que se solucionará por sí solo.

De hecho, los especialistas coinciden en que no existe un factor único que explique la problemática, sino que hay una combinación de condiciones familiares, sociales, económicas, laborales y emocionales. Esto hace más difícil su abordaje, pero no imposible.

Una de las regiones con esta triste situación es Hidalgo, cuya secretaria de Salud estatal, Vanesa Escalante Arroyo, dijo que la entidad acumula más de 40 muertes por suicidio en lo que va de 2026. Si bien se trata de una cifra que, según las propias autoridades, representa una disminución frente a los registros de años anteriores, sigue siendo un foco rojo. Tan sólo en 2025, los servicios de salud de Hidalgo atendieron 1,020 intentos de suicidio, de los cuales 340 correspondieron a adolescentes entre 15 y 19 años.

Al respecto, las autoridades señalaron que más de la mitad de las personas atendidas presenta algún diagnóstico o problemática asociada, como ansiedad, depresión, separaciones, duelos, rechazo, violencia, bullying, problemas económicos o laborales, enfermedades, discapacidades y dolor crónico.

En cuanto a la atención brindada para prevenir este tipo de acciones, en Hidalgo se reconoce la respuesta institucional, pero es todavía insuficiente. Por ejemplo, el estado cuenta con servicios gratuitos de atención a la salud mental, a través de seis Centros Comunitarios de Salud Mental y Adicciones (Cecosama), y programas como “ABC de las emociones”, dirigido a adolescentes, para detectar señales de riesgo; sin embargo, por las características geográficas de la entidad se deja de cubrir amplias zonas, lo que representa un reto para acercar la atención a quienes más la necesitan.

En Early Institute sabemos que la prevención es una de las mejores formas para disminuir problemáticas tan lacerantes como ésta. En particular, creemos que la salud mental debe ser un aspecto de la vida humana sumamente cuidado para procurar que niñas, niños y adolescentes no recurran a métodos que pongan en riesgo sus vidas.

Las cifras que arroja el Inegi dan cuenta de un panorama en el que se ha descuidado la protección de los más vulnerables y es fundamental estar atentos a las mínimas señales que pudieran reflejar un estado desesperanzador o desesperado. Esto es esencial para acompañar y ofrecer intervenciones oportunas que den alternativas a quienes piensan —a su corta edad— que el suicidio es lo más conveniente.

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Restricción de uso de dispositivos móviles en escuelas: el primer paso
Por Rafael Vincent Morfín Calvo, abogado de Asuntos Públicos de Early Institute
Publicación original de El Heraldo de México El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención

Al día de la redacción de la presente columna, martes 22 de septiembre del 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) con el que se establece la restricción del uso de dispositivos móviles en escuelas por parte de niñas, niños y adolescentes.

Tal y como fue anunciado por la Presidenta Claudia Sheinbaum durante diversas conferencias “mañaneras” en los meses de julio y agosto, oficialmente se ha dado inicio a la etapa de evaluación de uso de dispositivos móviles por parte de la niñez y la adolescencia desde diversas materias, siendo la acción más reciente, la concerniente al ámbito educativo.

El ciclo escolar 2026-2027 recibió el pasado 31 de agosto a cerca de 23 millones de niñas, niños y adolescentes dentro de las aulas, por lo que el uso de dispositivos electrónicos por parte de las y los menores se ha posicionado como uno de los tópicos prioritarios de atención de cara a la potencial definición de nuevas reglas para su uso y/o restricción.

En un primer momento se celebró la fase intensiva del Consejo Técnico Escolar, en la que se contó con la participación de aproximadamente 1.2 millones de docentes; durante dichas jornadas, uno de los temas nodales se centró en la consulta realizada para recabar la opinión del personal educativo respecto de las necesidades específicas de protección de niñas, niños y adolescentes en los entornos digitales.

Los resultados de dicho ejercicio se darán a conocer el 25 de septiembre y se espera que estos consideren directrices adicionales de pronta implementación para la regulación de uso de dispositivos móviles por parte los educandos.

En tanto, el Secretario de Educación Pública en México, Mario Delgado, informó que durante una reunión el pasado viernes 18 de septiembre, el Consejo Nacional de Autoridades Educativas aprobó por unanimidad la implementación de una estrategia nacional para restringir el uso de teléfonos celulares y tabletas en las aulas de todo el país, particularmente en los niveles de primaria y secundaria.

En ese sentido, el acuerdo publicado en el DOF oficializa la restricción de uso de dispositivos móviles para los niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, al tiempo que sugiere el fomento de uso responsable para los niveles de educación medio superior y superior, limitando su uso no pedagógico durante la jornada escolar. En ambos casos, se consideran excepciones por situaciones de emergencias personales, motivos de discapacidad, accesibilidad, inclusión, necesidades de salud o uso para fines educativos previamente programados.

En tanto, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, el Senador Higinio Martínez, emitió en días recientes una excitativa a las comisiones de Educación y de Estudios Legislativos, para que presenten el dictamen de la iniciativa que plantea prohibir el uso de dispositivos móviles en escuelas de educación básica. Con esta acción, el Legislativo federal se suma al debate nacional para la definición de reglas sobre la materia en comento.

Lo anterior vislumbra de manera clara que la primera fase de la política pública en materia de regulación de entornos digitales y de su acceso por parte de niñas, niños y adolescentes, se centrará en la restricción de uso de dispositivos móviles durante la jornada escolar, salvo en los casos de necesidades específicas planteados en el acuerdo de la SEP.

Desde Early Institute hacemos un llamado a que las directrices en proceso de implementación únicamente marquen un primer paso en el camino de una regulación integral del entorno digital, es decir, que las disposiciones no se limiten únicamente a restringir el uso de dispositivos móviles por parte del alumnado, sino que centremos los esfuerzos en crear un ecosistema integral de acceso moderado, responsable y seguro.

Recordamos que existen múltiples áreas de intervención prioritaria adicionales que sugerimos sean tomadas en consideración para alcanzar los objetivos de una política pública moderna, vanguardista y proteccionista hacia la niñez y la adolescencia mexicana: 1) Moderación de contenidos, algoritmos y diseño estructural de plataformas; 2) Alfabetización digital desde edades tempranas; 3) Acompañamiento, controles parentales y alfabetización a padres, madres y cuidadores; 4) Uso de la Inteligencia artificial; 5) Tipificación unificada de ciberdelitos; y 6) Fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de denuncia y regulación de plataformas tecnológicas.

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