Infancia y adolescencia en el entorno digital
Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute
Publicación original en El Financiero
De cara a la Cuarta Revolución Industrial derivada por los cambios tecnológicos de los últimos años, los niños, las niñas y los adolescentes se enfrentan a desafíos, oportunidades y amenazas. Esto significa no sólo estar atentos, sino actuar para que la tecnología sea una aliada, una guía y no un riesgo.
En el reporte El estado mundial de la infancia 2107. Niños en un mundo digital del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés), se habla del entorno en el que vive este sector ante la expansión virtual.
Para empezar, es innegable que este ambiente ha transformado las dinámicas en la etapa de la infancia. Según el reporte, los menores de 18 años representan, aproximadamente, uno de cada tres usuarios de internet en todo el mundo y hay evidencia que revela que los niños están accediendo a internet a edades cada vez más tempranas. Desde el contacto con los videojuegos hasta la socialización a través de dispositivos móviles, la exposición a las herramientas digitales es una práctica común. En este sentido, es importante la supervisión por parte de sus cuidadores y el incentivo a otras actividades (deporte, lectura, arte, etcétera) para alentar un desarrollo sano e integral.
Por otro lado, tampoco se pueden negar las bondades en la adquisición de conocimientos gracias a las herramientas digitales, sin embargo, sus ventajas no necesariamente se comparten. De acuerdo con la UNICEF: “alrededor del 29 por ciento de los jóvenes de todo el mundo, unos 346 millones de personas, no están conectados en línea. Los jóvenes africanos son los menos conectados. Alrededor del 60 por ciento no están en línea, en comparación con solo el 4 por ciento en Europa”. Dado que no es parejo el aprendizaje de aptitudes –debido a la diferencia de condiciones socio-económicas– se abren brechas sustanciales que llevan a la inequidad. Aquí los educadores toman relevancia como agentes para evitar la desigualdad, pero ellos a su vez deben contar con la capacitación necesaria para encauzar esta labor.
En cuanto a los riesgos que expone el reporte se habla de nuevas formas de intimidación, acoso, abuso y explotación infantil. Dice la UNICEF: “Ningún niño está a salvo del riesgo en línea, y nunca ha sido más fácil para los acosadores, los delincuentes sexuales, los tratantes de seres humanos y aquellos que hacen daño a los niños, atacar a los más vulnerables”. Dicho esto, es fundamental actuar con decisión y fortalecer los mecanismos de protección. Entre otras acciones, es indispensable ampliar las medidas de seguridad en los dispositivos, pero sobre todo, reforzar la comunicación al interior de los núcleos familiar y educativo para detectar cualquier amenaza. Incluso, si se requiere hay que acudir con especialistas para aprender a manejar los efectos de un suceso de esta índole.
Si bien la tecnología por sí misma no es nociva, es en su uso, mediación y regulación donde hay que enfocarnos para dotar a nuestros niños, niñas y adolescentes de los recursos necesarios para que la aprovechen al máximo y en condiciones seguras.
En particular es que nos hagamos responsables como cuidadores de quienes no tienen las posibilidades de detectar los riesgos. La ausencia de vigilancia –ya sea por ignorancia, irresponsabilidad, exceso de confianza, falta de tiempo, etcétera– lo que ocasiona es que sean mayores las amenazas.
En Early Institute sabemos que los retos en el entorno digital para asegurar el bienestar de las niñas, los niños y los adolescentes son profundos. Por ello, hacemos un llamado a los padres, educadores y autoridades a tomar con seriedad nuestro papel en su total cuidado, asumiendo plenamente la responsabilidad de que en nuestras manos está el uso adecuado de estas nuevas herramientas. En la medida que nos involucremos, serán más los beneficios y menos los daños.
Salud financiera para un cuidado integral
Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute
Publicación original en El Financiero
Con el tiempo, aprendemos a cuidar nuestra salud, ya sea física o emocional. Sin embargo, hay un aspecto que también es relevante para nuestro bienestar; me refiero a la salud financiera. En estos días, a propósito de El Buen Fin, vimos tiendas abarrotadas, pese a las medidas de distanciamiento social. Más allá de las implicaciones sanitarias, el caso es que de nueva cuenta es inevitable pensar cómo manejamos nuestro dinero.
Si bien se pueden disfrutar comodidades o bienes materiales, gracias a lo que obtenemos por nuestro trabajo, es fundamental no caer en gastos innecesarios y ahorrar para situaciones inesperadas, pensando en nuestro futuro o para cumplir una meta.
Desafortunadamente la cultura del ahorro, en México, no es una práctica arraigada. Se estima que 37.3 millones de personas de 18 a 70 años (47 por ciento) tienen al menos una cuenta bancaria, pero sólo 13.5 millones usan una de ahorro. Esto según la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) 2018, que organiza el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en colaboración con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Es importante señalar que la práctica del ahorro requiere cierta disciplina, en tanto se trata de dejar de gastar ahora para hacerlo después. Ello implica un esfuerzo por guardar parte de nuestros ingresos –aunque sea mínima, pero constante– y no utilizarla hasta que ocurra el propósito para la cual fue reservada.
Por ejemplo, hoy estamos obligados a enfrentar gastos que no estaban contemplados y que, seguramente, permanecerán por un buen tiempo, de ahí la relevancia por tratar de vivir de un modo más sencillo, sin deudas y, por ende, con menos preocupaciones (al menos de tipo económico). También la ENIF 2018 señala que la tarjeta de crédito departamental o de tienda de autoservicio es el producto de crédito formal que usan más personas (15.1 millones de adultos).
Si se hace un buen uso de herramientas como el crédito, se podrán disfrutar de los bienes adquiridos mediante esta forma; pero si hay un uso irresponsable y excesivo, a la larga habrá problemas que afectarán al núcleo familiar.
Sin duda, tenemos que pensar en lo que realmente necesitamos para vivir tranquilamente y qué cosas, de verdad, no requerimos. Las circunstancias que se nos presentan derivadas de la pandemia nos obligan a ser precavidos con el uso de nuestros ingresos no sólo por la posibilidad del desempleo sino por las necesidades médicas o de otra especie que puedan surgir en esta nueva normalidad.
Un asunto primordial es la enseñanza del ahorro en casa y el ejemplo sigue siendo el modo más eficaz para transmitir que la salud financiera es básica y responsabilidad de todos. En Early Institute atendemos el desarrollo de la primera infancia y buena parte de sus afectaciones deriva de conflictos, que en muchas ocasiones son producto de una economía inestable. Por tal, invitamos a fomentar la cultura de ahorro para asegurar la tranquilidad y el equilibro en nuestro entorno, pero ante todo para construir un ambiente que ofrezca bienestar integral a las niñas, los niños y los adolescentes, partiendo de un modo de vida un poco más simple pero rico en otro tipo de valores.
En franca amenaza las donatarias autorizadas
Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute
Publicación original en El Financiero
En un país como México, en donde muchas de las organizaciones civiles privilegian en su trabajo el servicio a los grupos y comunidades más vulnerables y cubren carencias en apoyo a sectores y causas que así lo necesitan, es muy preocupante que actualmente en lugar de alentar la participación ciudadana, se promuevan iniciativas que ponen en riesgo su operación.
En concreto me refiero a la iniciativa de ley, presentada por el Ejecutivo federal el pasado 8 de septiembre de 2020, en la que se propone modificar cuatro leyes que afectan a las donatarias autorizadas. La iniciativa en cuestión pretende cambiar la Ley del Impuesto sobre la Renta; la Ley del Impuesto al Valor Agregado; la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y el Código Fiscal de la Federación.
Alegando una mayor transparencia en la obtención de recursos y mejor gestión tributaria, el proyecto de reforma establece —entre otros aspectos— que no se podrá recibir más del 50 por ciento de ingresos por actividades no relacionadas con el objeto social de la donataria. De no cumplir, se sancionará con la revocación de la autorización.
La situación es que se sabe que estas organizaciones sin fines de lucro buscan financiamiento más allá de las donaciones que reciben debido a la precaria situación financiera y a la desaparición de fondos públicos federales. De condicionar sus fuentes de ingreso se pone en riesgo su sustentabilidad y, por ende, su incidencia en el objeto social por el que fue creada.
Por otro lado, la propuesta de reforma habla de más causas que podrían llevar a perder la autorización. Una es la referente a cuando el Sistema de Administración Tributaria (SAT), en ejercicio de sus facultades de investigación, “advierta cualquier hecho en donde se incumplan con obligaciones o requisitos”. Hay que advertir que con las nuevas disposiciones se pretende que todo gasto efectuado por la donataria autorizada sea respaldado por un comprobante fiscal, cuando hasta este año las organizaciones podían gastar sin ese requisito siempre y cuando sus actividades se realizaran en comunidades en donde no existe la tecnología o la comercialización de personas físicas o morales registradas ante el SAT. En ese sentido, de señalar el SAT que hay una falta, se perdería la autorización. Sin duda, esta medida afectará a las organizaciones que se ven imposibilitadas en recabar comprobantes fiscales digitales en un país donde no existen las condiciones ni tecnológicas ni formales para su obtención.
Otro foco rojo se relaciona con los miembros de la asociación. Ahora se propone que si los representantes legales, socios o asociados o cualquier integrante del Consejo Directivo o de Administración de una organización civil formó parte de una donataria cuya autorización fue revocada en los últimos cinco años también pierda su autorización la organización a la que está incorporado en la actualidad. Esto es discriminatorio pues estigmatiza a las personas que formaron parte de una asociación y no les permite asociarse a alguna otra, además de que afectaría seriamente a las que no tienen ningún problema.
Asimismo, en caso de revocación de la autorización o cuando la vigencia haya concluido y no se haya obtenido o renovado la misma en un plazo de 12 meses, el patrimonio de la donataria afectada deberá destinarse a otra.
Las anteriores son tan sólo algunas de las implicaciones de esta propuesta, que es un atentado a la participación ciudadana en la defensa y promoción de los derechos humanos, en tanto pareciera tratarse de un mecanismo de control y limitación a la defensa de tales derechos, al de la libertad de expresión y al de asociación. La propuesta se encuentra en la Cámara de Diputados y se prevé que sea discutida en los próximos días.
En Early Institute estamos a favor de la transparencia, la responsabilidad y la regulación —que son parte de nuestros principios— pero abogamos por leyes y propuestas que sumen, incentiven y generen las condiciones para lograr cambios por el bien común y no limiten o amenacen las acciones de quienes conformamos la sociedad civil.
Riesgos de la Ley de Infancia Trans
Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute
Publicación original en El Financiero
En días pasados estaba previsto discutir en el Congreso de la Ciudad de México la llamada Ley de Infancia Trans, impulsada por la diputada Paula Soto del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). La sesión no se llevó a cabo, no obstante es oportuno señalar tan sólo algunas de las implicaciones de dicha iniciativa.
La reforma propuesta tiene por objetivo reformar el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles locales en materia de rectificación de actas de nacimiento por reasignación sexogenérica. Esto para que niñas, niños y adolescentes puedan solicitar una nueva acta de nacimiento en reconocimiento a su identidad de género sin necesidad de presentar una demanda ante un juez de lo familiar.
La diputada promovente alude a que la llamada “identidad de género” es según su dicho, un derecho humano, motivo por el cual a los ciudadanos –en este caso niños, niñas y adolescentes– se les debe garantizar su ejercicio, ya que son titulares como en el caso de una persona adulta.
Lo que no se dice es que la iniciativa representa riesgos graves para los menores de edad en varias líneas. Para empezar, la rectificación de actas para el cambio de sexo en menores de edad es incompatible con diversas instituciones jurídicas que establecen derechos y obligaciones y genera contradicciones con las relaciones del derecho de familia. De igual modo, pone en riesgo la identidad y seguridad de este grupo, ya que este tipo de acciones puede emplearse para generar actos de simulación jurídica, falsificación de documentos, suplantación de identidad, hasta incluso facilitar el tráfico y la trata de menores, entre otras afectaciones.
Asimismo, el dictamen parte de que un menor de edad tiene la capacidad jurídica, física, emocional y mental de decidir un cambio de esta magnitud, sin embargo, es evidente que hay una mala interpretación del principio de autonomía progresiva del menor. Por ejemplo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha manifestado que la reasignación sexual constituye una decisión que influye decisivamente en el proyecto de vida de la persona y en todas sus relaciones dentro de la sociedad. Esta iniciativa de reforma ignora que difícilmente una niña o un niño tiene la capacidad y madurez para entender y hacerse responsable de una decisión tan delicada que, actualmente, toma un juez civil previo análisis y presentación de estudios diversos para la justificación de dicha reasignación.
De aprobarse esta reforma, dejaría fuera la investigación y validación por parte del juez reduciendo dicha decisión a un mero trámite administrativo.
De igual modo, si se aprueba el Congreso de la Ciudad de México violaría de manera directa la Constitución federal, ya que desde 2017, sólo el Congreso de la Unión tiene la facultad para expedir legislación en materia procesal civil y familiar. En tanto no se emita el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, los estados carecen de facultades para legislar sobre el tema.
Pero todavía hay más. Por tratarse del cambio de nombre en un acta, a través de un trámite administrativo, la reforma habla de la designación de un “representante especial”, cuando alguno de los padres o tutores se oponga al cambio de género. Sin embargo, esta figura “especial” no cuenta con una regulación específica en el derecho civil y sus alcances no son claros.
En Early Institute sabemos que las experiencias que viven los niños, niñas y adolescentes, en sus primeros años, influyen de manera determinante en su futuro, por ello abogamos por iniciativas de ley y reformas bien fundamentadas y responsables que garanticen la salvaguarda integral de los ciudadanos, en particular de los más vulnerables.