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	<title>aborto &#8211; Early Institute</title>
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	<description>Trabajamos para construir un mundo donde los niños puedan ser niños</description>
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		<title>Declaración de Consenso de Ginebra para cuidar a la mujer</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Adalia Contreras]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Nov 2020 00:49:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[El Financiero]]></category>
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					<description><![CDATA[Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute Publicación original en El Financiero  En un esfuerzo multinacional por cuidar la salud de la mujer y la familia,<span class="excerpt-hellip"> […]</span>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p data-count="284" data-wrap="45">Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute</p>
<p data-count="284" data-wrap="45">Publicación original en <a href="https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/annayancy-varas/declaracion-de-consenso-de-ginebra-para-cuidar-a-la-mujer">El Financiero </a></p>
<h4 class="paragraph" data-count="613" data-wrap="101">En un esfuerzo multinacional por cuidar la salud de la mujer y la familia, el pasado 22 de octubre se firmó, de manera virtual, la Declaración de Consenso de Ginebra. Así, los gobiernos de Brasil, Egipto, Hungría, Indonesia, Uganda y Estados Unidos copatrocinaron la reunión remota para impulsar cuatro objetivos fundamentales en el desarrollo y bienestar de las mujeres desde el inicio de su vida: a) mejorar su salud; b) preservar la vida humana; c) fortalecer la familia como unidad sustancial de la sociedad, y d) asegurar la protección de la soberanía de las naciones en relación con las políticas globales.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="1236" data-wrap="211">Esta declaración debió haberse presentado en el marco de la Asamblea Mundial de la Salud en Ginebra, que ante las circunstancias sanitarias no se efectuó en este año. La Declaración de Consenso de Ginebra fue firmada por 33 países de América Latina, Medio-Oriente, Europa, Asia y África para proteger los derechos de la mujer en materia de salud, al reconocer: que a las mujeres se les deben respetar todos sus derechos humanos y son libres para gozar de todos los derechos civiles y políticos con igual acceso a educación de calidad; que el derecho a la vida es inherente a la persona humana y que en ningún caso se debe promover el aborto como método de planificación familiar ni como un servicio de salud; que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado; y que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedades. También se establece “la importancia de la titularidad nacional y la función y la responsabilidad primordiales que tienen los gobiernos a todos los niveles de determinar su propia manera de lograr la cobertura sanitaria universal, según su contexto y sus prioridades nacionales”.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="1082" data-wrap="185">En este sentido, los países firmantes, además de dar difusión a través de foros, se comprometen a: garantizar a las mujeres el pleno goce de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades en todos los niveles de la vida política, económica y pública; mejorar y garantizarles el acceso a los avances en materia de salud y desarrollo, en particular en salud física y emocional, sin incluir el aborto; a reafirmar que no existe un derecho internacional al aborto, ni recae sobre los Estados una obligación internacional de financiar o facilitar el aborto; a fomentar la capacidad de su sistema de salud y movilizar recursos para implementar programas de salud y desarrollo que atiendan las necesidades de mujeres y niños en situación de vulnerabilidad; a fomentar y a dar prioridad políticas de salud pública favorables a las mujeres y niñas, así como a las familias; a apoyar la función de la familia como la base de la sociedad y como fuente de salud, apoyo y cuidado; y a entablar un diálogo en el sistema de las Naciones Unidas para hacer realidad estos valores universales.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="304" data-wrap="57">La importancia de esta iniciativa radica en hacer ver que la defensa a la vida es la base de la protección a la mujer y su salud en cada etapa de la vida debe ser una prioridad. Además, se reafirma que no existe el derecho internacional al aborto pese a los discursos de distintas instancias mundiales.</h4>
<h4 data-count="304" data-wrap="57">Ante esta significativa alianza, Early Institute se adhiere al impulso del cuidado integral de la vida a partir del respeto de la misma y de los derechos humanos como principios básicos en el diseño e implementación de políticas públicas que protejan a la primera infancia desde su concepción en beneficio de un futuro mejor.</h4>
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		<title>Atender las prioridades</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Adalia Contreras]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2021 14:44:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[El Financiero]]></category>
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					<description><![CDATA[Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute Publicación original en El Financiero Con 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención, se aprobó en<span class="excerpt-hellip"> […]</span>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por Annayancy Varas, Directora General de Early Institute</p>
<p>Publicación original en <a href="https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/annayancy-varas/atender-las-prioridades">El Financiero</a></p>
<h4 class="paragraph" data-count="493" data-wrap="80">Con 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención, se aprobó en Argentina la despenalización del aborto hasta la semana 14 de gestación, el pasado 30 de diciembre de 2020. Es sorprendente que viviendo la contingencia sanitaria más devastadora de los últimos tiempos no sólo por sus implicaciones de salud, sino por los efectos en la economía, el descontrol social, la desesperación de muchos sectores por sobrevivir, etcétera, el hecho fuera abordado y, además, fuera motivo de celebración.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="390" data-wrap="68">El aborto es y siempre ha sido una práctica que no resuelve los problemas de fondo. Es una amenaza a la salud de las madres gestantes y significa la terminación de una vida. ¿Cómo puede eso festejarse? Sucedió en Argentina, pero también en nuestro país, en donde actores de la vida política se unieron a la celebración, cuando su atención debe estar puesta en otros rubros más apremiantes.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="250" data-wrap="40">En las últimas semanas la despenalización en Argentina ha sido colocada en la discusión nacional, exigiendo que el tema sea retomado dentro de la agenda pública como una supuesta prioridad también para el caso mexicano. Pero las urgencias son otras.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="494" data-wrap="84">México hoy carece de un sistema de salud robusto que haga frente no sólo a lo derivado por la pandemia, sino a otras situaciones que demanda la población, como el tratamiento del cáncer en niños. Es indignante que se coloque sobre la mesa el tema cuando existen, en realidad, otras necesidades con un peso mayor. Más lamentable es que se busque que el aborto sea considerado como un derecho de primera atención, cuando los requerimientos básicos de salubridad están muy lejos de ser cubiertos.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="301" data-wrap="47">El asunto no es menor, en tanto al menos hay 12 iniciativas que se discuten hoy en el Congreso de la Unión para despenalizar el aborto, impulsadas por partidos como Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Partido de la Revolución Democrática (PRD), Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="174" data-wrap="26">Estos partidos incluyeron en su agenda legislativa 2020-2021 la promoción de iniciativas a favor del aborto, mismas que no han prosperado y sigue pendiente su dictaminación.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="216" data-wrap="35">Incluso, el 7 de enero de 2021 la diputada de Morena, Lorena Villavicencio, presentó ante la Comisión Permanente un punto de acuerdo para que se discutan en el siguiente periodo las iniciativas referentes al aborto.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="543" data-wrap="92">Hay que recordar que el próximo periodo legislativo será del primero de febrero al 30 de abril de 2021, y se seguirá efectuando bajo el panorama del Covid-19. En ese sentido, los asuntos que deberían ser privilegiados son los relativos a la garantía de servicios adecuados de salud, el impulso de la economía, la mejora en la calidad de la educación, la cobertura alimentaria, el combate a la corrupción, la seguridad, entre otros, que son las herramientas con las que México podrá salir adelante de los estragos que está dejando la pandemia.</h4>
<h4 class="paragraph" data-count="281" data-wrap="41">Por todo esto, en Early Institute hacemos un llamado a dirigir nuestro esfuerzo y trabajo al bienestar colectivo, principalmente, al cuidado y protección de las familias mexicanas, que están siendo afectadas profundamente por las condiciones de confinamiento y la crisis sanitaria.</h4>
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		<title>Aborto en México: lo que sucedió con los fallos de la Corte</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Adalia Contreras]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Sep 2021 16:22:41 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Por: Annayancy Varas, Directora General de Early Institute Publicación original en: El Financiero Con las recientes resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)<span class="excerpt-hellip"> […]</span>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por: Annayancy Varas, Directora General de Early Institute</p>
<p>Publicación original en: <a href="https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/annayancy-varas/2021/09/28/aborto-en-mexico-lo-que-sucedio-con-los-fallos-de-la-corte/">El Financiero</a></p>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Con las recientes resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la legislación, en los estados de Coahuila y Sinaloa, en materia de aborto es necesario esclarecer lo que sí y lo que no sucedió con dichos fallos.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En el caso de Coahuila, la Corte sólo analizó el delito de aborto autoprocurado o voluntario en el Código Penal de Coahuila y concluyó que ese delito es inconstitucional. La discusión se centró en los artículos 196, 198 y 199, pero permanece el delito de aborto previsto en su artículo 195.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Con ello, hay que señalar que la Corte no analizó los tipos penales de aborto de otros estados, por lo que no se ha manifestado expresamente sobre ellos y, en consecuencia, siguen vigentes. En ese sentido, la SCJN no falló para despenalizar el aborto en cualquier circunstancia y mucho menos, en todo el país.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Lo que se determinó fue que no es delito que las mujeres voluntariamente cometan un aborto, pero de eso a que el delito de aborto se haya despenalizado existe una gran diferencia. El delito de aborto existe y es vigente en los 32 estados del país.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Si bien las decisiones del máximo tribunal afectan a los jueces de todo el país, ya que están obligados a aplicar la jurisprudencia de la Corte en materia de aborto voluntario, no es que en automático se aplique en otras entidades ni tampoco obliga a los legisladores de otros estados a reformar sus códigos penales.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Asimismo, es fundamental puntualizar que los ministros de la Corte concluyeron que la práctica no puede realizarse en cualquier momento, pues la vida que se está gestando merece mayor protección conforme va “evolucionando” el embarazo. Por ello, dejó abierta la posibilidad al Congreso local de que, en el ejercicio de sus facultades legislativas, establezca “un plazo razonable” a partir del cual el aborto sí es punible.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Por su parte, en Sinaloa, la Corte concluyó el análisis de la acción de inconstitucionalidad sobre el derecho a la vida desde la concepción, previsto en la Constitución de ese estado. La discusión se centró en el artículo 4, bis A, fracción I de la Constitución local y se determinó inválido que el poder legislativo local haya reformado su Constitución para considerar ese derecho desde el momento de la concepción.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En este caso la sentencia sólo tiene efectos sobre la Constitución Política de Sinaloa, pero no en las de otros estados. Incluso, algunos ministros de la SCJN subrayaron que la vida humana está garantizada y protegida por nuestra Constitución y tratados internacionales. En este sentido hay que indicar que el derecho a la vida no ha sido revisado por la Suprema Corte; sólo invalida que sea desde el inicio en la concepción en el caso de Sinaloa, respetándose lo determinado en otras entidades.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">Otro punto que sí sucedió fue que las resoluciones recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación violaron la soberanía de los congresos locales al intervenir en decisiones que le competen, exclusivamente, a las legislaciones de los estados involucrados. Con esto, hay que ser muy enfáticos al decir que el Poder Judicial no es una institución para legislar.</h4>
<h4 class="default__StyledText-xb1qmn-0 kYamVn body-paragraph">En Early Institute señalamos que la realidad es que hay una deuda social de cara a la verdadera justicia y a la dignidad de las mujeres, lo cual sigue siendo un anhelo en tanto no existen las condiciones que impidan que ellas tomen decisiones que ponen en riesgo su vida y su salud. Asimismo, nos pronunciamos por privilegiar un México en donde una madre pueda dotar de vida, salud, desarrollo y educación a sus hijos con pleno respeto a sus derechos humanos y bienestar integral.</h4>
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